Al tratar la clasificación de las cuentas se ha visto que las definidas como monetarias, están expresadas en el valor adquisitivo actual, por lo cual no requieren ajuste por el cambio de los precios, sin embargo al ser retenidos estos activos o pasivos a través del tiempo, sin que cambie su valor nominal, pero cambiando su poder adquisitivo, introducen una distorsión fundamental en los estados financieros, pues como consecuencia de ello, se producirá una utilidad o pérdida derivada directamente del proceso inflacionario, que es la que precisamente se intenta determinar por este sistema de corrección.
Por otra parte, los rubros no monetarios ya por razones contractuales o por su naturaleza intrínseca mantienen su valor, siendo entonces indiferentes a la inflación y no produciendo en consecuencia utilidad o pérdida por esas razones. Bajo los criterios mencionados la empresa estará más o menos expuesta a la inflación en razón directa de:
1) Activos y pasivos monetarios que posea.
2) Duración del período de su mantenimiento.
3) Del nivel de la tasa de ajuste.
Los rubros monetarios del activo originarán pérdidas por inflación y los del pasivo utilidad.
Esta conclusión es evidente siguiendo el criterio del método. Si una empresa tiene en su activo créditos por ventas realizadas a plazo, durante el período en que los mantenga, pierde poder de compra, porque el poder adquisitivo de la moneda que recibirá al final del plazo estipulado, será menor que el que tenía en el momento de la venta.
Si por el contrario durante el proceso inflacionario mantiene un pasivo originado en un préstamo monetario ganará, porque el poder de compra de la moneda que deberá erogar para su cancelación será menor que el que tenía al tiempo de su percepción. Para definir por lo tanto si la exposición a la inflación deberá determinarse si los mismos colocan a la empresa en “posición de deudor o acreedor monetario neto”.
Resultados operativos y de inflación

El ajuste que propone el método presente, indica que debe practicarse también sobre el cuadro de ganancias y pérdidas teniendo como finalidad específica, distinguir los resultados operativos de aquellos surgidos de la desvalorización de la moneda como consecuencia de haber mantenido activos y pasivos monetarios.
El criterio no diferencia la situación mencionada y sólo tiene en cuenta la corrección de los resultados por la distorsión que introduce en los mismos, el hecho de que los distintos ingresos y egresos se hallen expresados en moneda de distinto poder adquisitivo y la que se origina en el mantenimiento de activos y pasivos monetarios. Para alcanzar ambos objetivos se requiere en primer lugar re expresar cada gasto o ingreso en moneda de poder adquisitivo constante de forma tal que una vez realizado este ajuste se tenga el resultado operativo ajustado.
Contablemente, la ganancia o la pérdida se determina por la diferencia producida en el patrimonio neto, entre dos momentos determinados, por ejemplo, el comprendido por un ejercicio anual, excluyendo como es de suponer las modificaciones que se produzcan en él por aportes o retiros. El cuadro de resultados es la demostración de las causas de la variación producida, mediante la pormenorización de los ingresos y egresos realizados, que explican en definitiva las razones de la utilidad o la pérdida en moneda corriente, al igual con la que se ha medido la variación de los rubros patrimoniales. Sin embargo, al proceder al ajuste, se ha introducido en estos últimos una diferencia, que surgió al llevarlos a una moneda constante y que es consecuencia de haber mantenido activos y pasivos monetarios según ya se vio.
Esta diferencia denominada Resultados por Exposición a la Inflación, comprende tanto el resultado por la razón invocada anteriormente, como los propios resultados operativos de la explotación, que también se ajustaron a la moneda de cierre. Para que pueda observarse claramente la utilidad o la pérdida producida realmente, sin deformaciones por problemas de valuación monetaria, deben ser individualizados ambos aspectos.
Para lograr este objetivo se procede simplemente por diferencia, o sea ajustando los rubros integrantes del cuadro de resultados por el mismo procedimiento aplicado a las partidas patrimoniales y volcando en el mismo el ajuste positivo o negativo obtenido mediante el procedimiento anterior, quedando así explicitada la pérdida o utilidad de inflación.
RESULTADO AJUSTADO CUADRO DE RESULTADOS ± AJUSTE PARTIDAS
DEL BALANCE GENERAL = UTILIDAD O PERDIDA POR EXPOSICION A LA INFLACION
Como puede apreciarse, si se produjeran errores en el cómputo de los rubros patrimoniales mediante cuyo ajuste se estima la incidencia inflacionaria en el estado contable, se alteraría el resultado final ajustado, no presentándose igual situación si el error u omisión se produjera en el ajuste del cuadro de resultados pues en ese caso, en razón de calcularse el resultado final por diferencia, sólo se produciría un error de imputación.
Es oportuno recordar un comentario al respecto. “queremos llamar la atención sobre las modificaciones que con referencia al cuadro de resultados se ofrecen respecto de la contabilidad tradicional: por un lado, la corrección de los rubros no monetarios; y por otro, las apariciones de una nueva cuenta representativa de la ganancia o pérdida de poder adquisitivo.
El ajuste total es la suma de ambas cosas, pero cualquier procedimiento que espere a corregir debidamente los resultados que arroja la contabilidad tradicional, debe tomar en cuenta la referida distinción: ajustar, simplemente el neto final, puede llevar a serias distorsiones”.